Boletín
Oficial del Ministerio de Defensa (BOD)
Según la Orden Ministerial 74/2010, de 21 de diciembre, de
ordenación del Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa modificada por la Orden Ministerial 80/2013, de 20 de diciembre,
establece:
Artículo 13. Suscripciones por correo electrónico.
1. Se garantizará un sistema de distribución del «BOD» por correo
electrónico, mediante suscripciones gratuitas, a quienes acrediten
interés legítimo y no tengan posibilidad de acceder al referido boletín
a través de la Intranet del Ministerio de Defensa.
El Subdirector General de Publicaciones y Patrimonio Cultural apreciará
la concurrencia de ambos requisitos.
En este sentido, se considerará con interés legítimo al militar de las
Fuerzas Armadas en cualquier situación administrativa o retirado, y a
aquella persona física que, no perteneciendo al colectivo anterior,
acredite una situación de la que se desprenda un interés para acceder al
«BOD»
Por tanto, remitiendo los siguientes datos:
Nombre y apellidos, DNI, Teléfono, Destino, Situación,
Motivo de la solicitud, Correo electrónico, a la siguiente dirección
suscbod@oc.mde.es
nos remiten el BOD, gratuitamente, al correo electrónico que hallamos
especificado.
Esta Plataforma seguirá, como hasta ahora, insertando las Leyes, Resoluciones,
etc., que no tengan carácter exclusivamente personal.
17012014 - PEDEA. NOTA
SOBRE EL BOD
Según
indica el Ministerio de Defensa el Boletín Oficial no es una fuente
de acceso público en relación a los datos de carácter personal
contenidos
en esta publicación oficial, su tratamiento se encuentra amparado por la Ley
Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección
de datos de carácter personal. De conformidad la citada
Ley
orgánica queda terminantemente prohibido por parte de terceros el tratamiento
de los datos de carácter personal que aparecen en este Boletín Oficial del
Ministerio de Defensa sin consentimiento de los interesados.
Por
este motivo a continuación se reproduce el boletín sin incluir ningún
dato personal.
04032013
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AÑO 2015 -
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OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS
FUERZAS ARMADAS. ASISTENCIA SANITARIA
BOD núm. 252, de 29 de diciembre de 2015 -
Resolución 4B0/38195/2015,
de 14 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por
la que se publican los conciertos suscritos con entidades de seguro
para la asistencia sanitaria de beneficiarios durante los años 2016
y 2017.
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Boletín Oficial del Estado
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
BOE
núm. 297, de 12 de diciembre de 2015 -
Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la
condición de militar y situaciones administrativas de los militares
profesionales.
12122015 -
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Residencias militares
BOD núm. 220,
de 11 de noviembre,
Orden Ministerial 54/2015, de 3 de noviembre,
que modifica la Orden Ministerial n.º 111/13007/80, de 26 de julio,
por la que se crea la Residencia Militar «Don Quijote», para uso de
Suboficiales de los tres Ejércitos.
11112015 -
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DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DE ESTADO
BOE núm. 219, de 12 de septiembre de 2015 -
Real Decreto-ley 10/2015, de 11
de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y
suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras
medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.
12092015 -
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OTRAS DISPOSICIONES
INVIED
BOD núm. 131, de 8 de julio de 2015 -
Resolución 34C/09138/15
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Cód. Informático: 2015013107.
Resolución del Director Gerente del Instituto de Vivienda,
Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, por la que se convoca
Concurso para la Enajenación de Viviendas Militares Desocupadas.
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DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
ORGANIZACIÓN
BOD núm. 127, de 2 de
julio de 2015 - Orden DEF/1265/2015 ,
de 29 de junio, por la que se desarrolla la organización básica del
Ejército de Tierra.
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PERSONAL
CORTES GENERALES
DESIGNACIONES
BOD núm. 116, de 17 de junio
de 2015 - Acuerdo de 2 de junio de 2015, conjunta de las Mesas
del Congreso de los Diputados y del Senado, por el que se publica la
elección del Presidente del Observatorio de la Vida Militar.
Las Mesas del Congreso de los
Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día de hoy, han
tomado conocimiento de la elección de don Víctor Torre de Silva y López
de Letona como Presidente del Observatorio de la Vida Militar, realizada
en la sesión celebrada por dicho órgano el 30 de enero de 2014, y han
acordado disponer su publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Sección Cortes Generales, así como en el «Boletín Oficial
del Estado», para su constancia y general conocimiento.
Palacio del Congreso de los
Diputados, 2 de junio de 2015.–El Presidente del Congreso de los
Diputados, Jesús Posada Moreno.–El Presidente del Senado, Pío García-
Escudero Márquez.
(Del BOE número 141, de 13-6-2015.)
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DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN
ACUERDOS INTERNACIONALES
BOD núm. 76, de 21 de abril de 2015.
Convenio para la Protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Roma el 4
de noviembre de 1950.
Modificación de la reserva
española a los artículos 5 y 6 del Convenio.
Al momento de depositar el instrumento de
Ratificación del Convenio europeo para la protección de los Derechos
Humanos y de las Libertades Fundamentales, el 4 de octubre de 1979
(«Boletín Oficial del Estado» n.º 243, de 10 de octubre de 1979), el
Reino de España formuló una reserva a los artículos 5 y 6 en la medida
en que fueran incompatibles con las disposiciones del Código de Justicia
Militar sobre el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Esta reserva ha sido modificada posteriormente en
dos ocasiones. La primera de ellas («Boletín Oficial del Estado» n.º
234, de 30 de septiembre de 1986) por la entrada en vigor el 1 de junio
de 1986 de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen
Disciplinario de las Fuerzas Armadas. La segunda («Boletín Oficial del
Estado» n.º 267, de 7 de noviembre de 2007), como consecuencia de la Ley
Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las
Fuerzas Armadas, que entró en vigor el 3 de febrero de 1999.
La Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de
Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, ha sido sustituida por la
Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las
Fuerzas Armadas, promulgada el día 4 de diciembre de 2014 y que entró en
vigor el día 5 de marzo de 2015. Esta Ley Orgánica 8/2014 deroga la Ley
Orgánica 8/1998, reduce el límite máximo de la sanción de arresto por
faltas leves y graves, así como del arresto preventivo, manteniendo el
límite máximo de sesenta días para la sanción de arresto por las faltas
muy graves, que pueden ser impuestas sin intervención judicial previa y,
en materia de procedimiento, avanza en el reconocimiento de las
garantías y derechos personales.
En consecuencia, el Reino de España mantiene y
actualiza su reserva, registrada por la Secretaría General del Consejo
de Europa el 20 de febrero de 2015, en los siguientes términos: «España,
de conformidad con el artículo 64 del Convenio (hoy artículo 57), se
reserva la aplicación de los artículos 5 y 6 en la medida en que
resulten incompatibles con la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre
(capítulo II del Título I, Título II, Título III, capítulo I del Título
IV, Título V y Disposiciones adicionales cuarta y quinta), de Régimen
Disciplinario de las Fuerzas Armadas, promulgada el día 4 de diciembre
de 2014 y que entrará en vigor el 5 de marzo de 2015.»
Madrid, 10 de abril de 2015.–La Secretaria General
Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel
Vizcaíno Fernández de Casadevante.
(Del
BOE
número 92, de 17-4-2015.
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OTRAS DISPOSICIONES
ACCIÓN SOCIAL
BOD núm. 55, de 20
de marzo de 2015 - Resolución 563/03725/15 -
Cód. Informático: 2015005096.
De conformidad con
las facultades que me confiere el Real Decreto 912/2002, de 6 de
septiembre («Estructura básica de los Ejércitos», BOD núm. 178),
artículo 8 apartado 1.1.º.
DISPONGO:
Apartado Primero.
Aprobar, la convocatoria de asignación de
plazas del Ejército de Tierra, en Residencias de DIAPER, Apartamentos,
Alojamientos (Residencias y Apartamentos) de países CLIMS, Viajes,
Intercambios Internacionales y Campamentos Juveniles: Nacionales e
Internacionales que se citan durante la época estival 2015, y en la
forma y condiciones que figuran en el Anexo a la presente Orden, que
incluye los siguientes apéndices:
- Apéndice «A».
Residencias de la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de
Tierra (DIAPER) asignadas por sorteo.
- Apéndice «B».
Residencias de la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de
Tierra (DIAPER) asignadas por petición directa.
- Apéndice «C».
Apartamentos gestionados por la Dirección de Asistencia al Personal del
Ejército de Tierra (DIAPER) asignadas por sorteo.
- Apéndice «D».
Alojamientos (Residencias y Apartamentos) de países pertenecientes al
Comité Internacional de Enlace de Organismos Militares de Acción Social
(CLIMS) asignadas por sorteo.
- Apéndice «E».
Viajes e Intercambios en grupo con países pertenecientes al Comité
Internacional de Enlace de Organismos Militares de Acción Social (CLIMS)
y AUSTRIA asignadas por sorteo.
- Apéndice «F».
Impreso de Solicitud para la asignación por sorteo de Residencias de
DIAPER, Apartamentos, Alojamientos (Residencias y Apartamentos) de
Paises CLIMS, Viajes e Intercambios Internacionales.
- Apéndice «G». Impreso de Solicitud de Residencias
por petición directa.
- Apéndice «H».
Impreso de Renuncia de Residencias de DIAPER, Apartamentos, Alojamientos
(Residencias y Apartamentos) de Paises CLIMS, Viajes e Intercambios
Internacionales.
- Apéndice «I». Campamentos Juveniles: Nacionales e
Internacionales.
- Apéndice «J». Impreso de solicitud de Campamentos
Juveniles.
Apartado Segundo.
La asignación de plazas y reservas de los Apéndices «A», «C», «D» y «E»,
se realizará en acto publico, en fecha y hora que se anunciará en el
portal de Intranet del Ejército de Tierra. Las plazas ofertadas en el
Apéndice «B» e «I», se asignarán en conformidad con las normas
particulares establecidas en los mismos.
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OTRAS DISPOSICIONES
ACCIÓN SOCIAL
BOD
núm. 43, de 4 de marzo de 2015 - Resolución 763/02909/15 -
Cód. Informático:
2015002304.
En aplicación de lo dispuesto en el
apartado décimo punto a) de la Orden Ministerial 13/2009, de 26 de marzo
(«BOD» núm. 61), y de conformidad con las facultades que me confiere la
Orden 81/2010, de 21 de diciembre («BOD» núm. 253).
DISPONGO:
Artículo 1.º Se aprueba la
convocatoria de plazas en las Residencias Militares de Acción Social de
Descanso (RMD) dependientes de la Subdirección de Asistencia al Personal
del Ejército del Aire (SAP), apartamentos gestionados por dicha
Subdirección, plazas en las Residencias Militares de los países
pertenecientes al Comité de Enlace de Organismos Militares de Acción
Social (CLIMS), Viajes Organizados y Acuerdo Bilateral de Intercambio
con la Fuerza Aérea Portuguesa (FAP) para el período estival comprendido
entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2015 en la forma y
condiciones que figuran en el Anexo de la presente Resolución que
incluye los siguientes apéndices:
Apéndice A: Residencias Militares de
Acción Social de Descanso (RMD) dependientes de la Subdirección de
Asistencia al Personal del Ejército del Aire (SAP).
Apéndice B: Apartamentos gestionados
por la SAP.
Apéndice C: Plazas en las
Residencias Militares de los Países pertenecientes al Comité de Enlace
de Organismos Militares de Acción Social (CLIMS).
Apéndice D: Viajes organizados en
grupo con países pertenecientes al CLIMS y Austria.
Apéndice E: Acuerdo Bilateral de
Intercambio con la Fuerza Aérea Portuguesa (FAP).
Apéndice F: Impreso de solicitud.
Apéndice G: Impreso de renuncia.
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DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA 1620
BOE núm. 42, de 18 de febrero de 2015 -
Orden DEF/253/2015, de 9 de
febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos,
reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas
Armadas.
18022015 -
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DISPOSICIONES
GENERALES
RETRIBUCIONES
BOD núm. 18, de 28 de enero
de 2015 - Cód. Informático: 2015001518.
Orden Ministerial
6/2015, de 21 de enero, por la que
se regulan los requisitos y condiciones para que el personal militar al
que se inicie un expediente por falta de condiciones psicofísicas
relacionada con el servicio, mantenga las retribuciones.
INDEMNIZACIONES
Cód. Informático: 2015001520.
Orden Ministerial 7/2015,
de 21 de enero, por la que se determina la indemnización a percibir por
el personal que participe o coopere en operaciones de apoyo a la paz y
de ayuda humanitaria en el extranjero.
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OTRAS DISPOSICIONES
INVIED
BOD núm. 15, de 23 de enero de
20165 - Resolución 34C/00894/15 -
Cód. Informático: 2015001063.
Resolución del Director Gerente del Instituto de
Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, por la que se
adjudican o declaran desiertas las viviendas ofertadas en el concurso
para la enajenación de viviendas militares desocupadas, expediente 2014
VC/019.
El Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares de la Resolución 34C/10660/2014, de 24 de
julio, del Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y
Equipamiento de la Defensa («Boletín Oficial del Ministerio de Defensa»
número 150, de 4 de agosto), por la que se convocó concurso para la
enajenación de viviendas militares desocupadas, expediente 2014 VC/019,
establece en su cláusula X que la adjudicación de las viviendas se
efectuará, a propuesta de la Mesa de Contratación, por Resolución de la
referida Autoridad, en el plazo máximo de tres meses desde la
celebración del Acto Público, la cual será publicada en el «Boletín
Oficial del Ministerio de Defensa».
Por Resolución 34C/16706/2014, de 4 de diciembre,
se hizo pública la propuesta de adjudicación provisional de las
viviendas ofertadas al concurso. Una vez finalizado el plazo de
alegaciones establecido y en su virtud, a propuesta de la Mesa de
Contratación,
RESUELVO:
Primero.- Adjudicar a los licitadores que figuran
en el Anexo I de esta Resolución la vivienda que para cada uno de ellos
se indica.
Segundo.- Declarar desiertas las viviendas que se
relacionan en el Anexo II.
Tercero.- La presente Resolución, de conformidad
con el artículo 17 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo
a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, pone
fin a la vía administrativa.
Esta Resolución, de acuerdo con los artículos
10.1.i), 14.1, regla segunda, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá ser
impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid o del
correspondiente al domicilio del recurrente, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Potestativamente, también podrá interponerse contra
la misma recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de su publicación, según lo establecido en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 12 de enero de 2015.—El Director Gerente,
Fernando Villayandre Fornies.
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DISPOSICIONES GENERALES
ORGANIZACIÓN
BOD num. 14, de 22 de enero de
2015 - Orden Ministerial 8/2015 ,
de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las
Fuerzas Armadas.
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DISPOSICIONES GENERALES
VIVIENDAS MILITARES
BOD núm. 3, de 7 de
enero de 2015 - Orden Ministerial 61/2014,
de 26 de diciembre, por la que se fijan las cuantías de las
compensaciones económicas, se identifican como una única localidad
determinadas áreas geográficas y se dan normas para su aplicación.
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DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
CLASES PASIVAS
BOD
núm. 3, de 7 de enero de 2015 y BOE núm. 316, de 31 de diciembre de 2014
- Real Decreto 1103/2014, de 26 de
diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones para el año
2015 y otras normas en materia de Clases Pasivas.
07012015 -
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DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA
DEL ESTADO
PRESUPUESTOS GENERALES DEL
ESTADO
BOD núm. 2, de 5 de enero de
2015 y BOE núm. 315, de 30 de diciembre de 2014 - Ley 36/2014 ,
de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2015.
05012015 -
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DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE
HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
BOE núm. 2, de 2 de
enero de 2015 - Resolución de 29 de diciembre de 2014,
conjunta de las Secretarias de Estado de Presupuestos y Gastos y de la
Administraciones Públicas, por lo que se dictan instrucciones para la
aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las
previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley
36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado 2015.
El apartado dos (Recuperación de la paga
extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del
sector público estatal) de la disposición adicional décima
segunda, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2015, prevé que, durante el año 2015, el
personal del sector público estatal definido en las letras a), d) y e)
del apartado uno del artículo 22 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, así como el personal
de las sociedades, entidades y resto de organismos de los apartados f) y
g) de dicho precepto que pertenezcan al sector público estatal,
percibirá las cantidades previstas en el apartado Uno.2 de la propia
disposición adicional.
02012015 -
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